CONFIGURACION EMISION FACTURAS A PARA MONOTRIBUTISTAS - RG 5003
- Versión original a la que aplica: 3.18.x
Según Resolución General AFIP N.º 5003 se establece que cuando los responsables inscriptos realicen ventas, locaciones o prestaciones de servicios a monotributistas, las mismas tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
• documentarlas con comprobantes clase “A”
• deberán discriminar el Impuesto al Valor Agregado correspondiente
• Adicionar la leyenda “El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618”.
De esta forma, cuando la Empresa esta configurada como Responsable Inscripto, se emitirá a los clientes con Condición IVA Monotributo los comprobantes de Venta (FC, NC, ND) cumpliendo con las disposiciones establecidas. En los controladores de primera generación y en los de segunda generación (hasta que el firmware esté actualizado), se enviará a la impresión del ticket la condición de IVA Responsable Inscripto y se adicionará la leyenda "Receptor del comprobante - Responsable Monotributo".
Esta funcionalidad se implementa con la versión 3.18.x y se activará según la configuración desde Administración, Parámetros. La RG entra en vigencia el día 01/07/2021 por lo tanto desde ahí en adelante la empresa puede marcar la casilla Cliente con Categoría de IVA Monotributo Discrimina IVA para que se cumpla el comportamiento mencionado.
Algunas consideraciones a tener en cuenta a partir de la mencionada RG:
- En caso de activar la configuración parametrizada, la condición de IVA Monotributo pertenecerá a la categoría de aquellas que discriminan el impuesto al valor agregado, por ende el tratamiento de las operaciones en términos de clientes condición IVA Monotributo deberá ser idéntico a los clientes con condición Responsable Inscripto.
- En caso de activar la configuración parametrizada, la base de cálculo para percepciones de IIBB en los comprobantes a clientes con condición de IVA Monotributo, será el monto neto del comprobante (sin IVA) como es actualmente con las condiciones de Responsable Inscripto. Hasta tanto las distintas jurisdicciones provinciales se expidan sobre el tema.
- Los que tengan integraciones vía API de pedidos de venta, presupuestos, remitos o comprobantes de venta, deberán gestionar los precios nuevamente tratando a la condición de IVA Monotributo como una condición de IVA que discrimina el impuesto al valor agregado, idem a la condición Responsable Inscripto.
- Los aplicativos que importan archivos generador por CENTUM todavía no notifican como se deberán procesar estos cambios, por ende podrían presentarse algunas inconsistencias respecto a su tratamiento.
Recomendación
Si la plataforma está integrada vía API, es muy importante notificar el punto 3 a los desarrolladores correspondientes.