CONFIGURACIÓN Y GENERACIÓN DEL ARCHIVO PARA LA PRESENTACIÓN DEL LIBRO DE SUELDOS DIGITAL
Desde CENTUM se puede de generar el archivo para realizar la importación del Libro de Sueldos Digital a la plataforma de AFIP y la confección del F. 931 correspondiente, de acuerdo a lo requerido por el organismo público.
A continuación se detallan las configuraciones a tener en cuenta para la correcta generación del archivo:
1. Configuraciones a realizar:
1.1. Desde el módulo Sueldos - Configuración SIJP se realiza la configuración para el armado el F.931 y sus respectivas bases de cálculo. Para ello se deben seleccionar los conceptos de sueldo utilizados en las liquidaciones según deban aplicar a cada cuadro.
1.2. Desde el módulo Tablas - Entidades Simples, se deben configurar:
a) Los códigos de la entidad Forma de Pago del Personal (Valores permitidos. '1'=Efectivo; '2'=Cheque; '3'=Acreditación en cuenta).
b) Los códigos de las siguientes Entidades de acuerdo a la codificación establecida por Afip para cada una:
Localidad del Personal
Situación Revista del Personal
Condición Laboral del Personal
Actividad Laboral del Personal
Modalidad de Contratación del Personal
Siniestrado del Personal
Situación Revisa 1 del Personal
Situación Revisa 2 del Personal
Situación Revisa 3 del Personal
Obra Social del Personal
1.3. Desde el módulo Sueldos - Conceptos, se debe configurar el campo Tipo de Unidad cuando el concepto de sueldo informa cantidad.
El archivo del Libro de Sueldos Digital se obtiene desde el módulo Sueldos - Liquidaciones, desde la flechita que se dibuja en la grilla de resultados. La condición para poder descargarlo es que la liquidación esté cerrada, de lo contrario el ícono mencionado anteriormente no estará visible.
IMPORTANTE:
A. El ID asignado a las liquidación es el que se va a exportar en Registro 1, pudiendo ingresar ese mismo número en AFIP cuando se solicita el número de liquidación o bien modificarlo manualmente en el archivo (posiciones 23-27) y comenzar siempre desde la 1 en cada mes. Esto va a depender de la forma que cada uno quiera darle.
B. Cuando exista mas de una liquidación en el mes, el orden a descargar va a estar dado por el de creación de la liquidación, ya que el acumulado que se informa en el Registro 4 será de acuerdo a este orden, siempre considerando las liquidaciones del mes que estén cerradas.